Respeten sus progreleyes y no sean contradictorios censurandome.

El Congreso no promulgará ninguna ley con respecto a establecer una religión, ni prohibirá el libre ejercicio de la misma, ni coartará la libertad de expresión ni de la prensa; ni el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y de pedirle al Gobierno resarcimiento por injusticias.
(Primera Enmienda de la Constitución de los EE.UU., ratificada el 15 de diciembre de 1791.)



Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Articulo 19 de la Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en Paris.



- 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber ingerencias de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.

-2. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo.

(Artículo II - 71; Título II concerniente a Libertades del Tratado para el que se establecia una Constitución Europea)

sábado, 25 de agosto de 2018

Forro en la mitad



  Barrio sin sutilezas, barrio sin ciudad. Emblema del desamparo, caro orgullo de marginalidad y vida de obrero hecha rock. Piedrabuena, Piedramala, me gusta su hermana.

  Chabacano, puede ser. Pero me agrada más "ecléctico". Mezclo recuerdos de los barrios, frases suntuorias y expresiones vulgares para intentar mostrar una cierta totalidad en mi arte.

  Si quieren ver pueblo, pueden tomarse el 5 o el 50 e ir hasta el final del recorrido. Si prefieren su zona de confort, quedénse con el amigo Netflix, el delivery y los petes de las putitas viajeras de Bisman (las que lastran bijas por verdes).

 

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